So
pena de sonar recurrente, no puedo evitar hacer una reflexión sobre las
declaraciones hechas en días pasados por el presidente de la ETB, Saúl Kattan
Cohen, cuando pidió que se fusionaran los reguladores de las telecomunicaciones(CRC)y
la televisión(ANTV)-espero no ser pesado con mis lectores al volver sobre estas
entidades-. La afirmación del señor Kattan se hace desde la perspectiva de un
operador de servicios públicos (telefonía, tv por suscripción, fibra óptica) y
no de la de un productor o programador audiovisual. Me parece inoportuno
considerar la fusión de estas entidades –amparados en la convergencia, que
puede ser gestionada desde la ANTV- toda vez que, si la televisión no ha
logrado captar la atención del gobierno, –contando con una entidad dedicada solo a
esta-, menos lo conseguirá si se ‘revuelve’ con las denominadas ‘Telcos’, en
donde correría ella el riesgo de quedar subordinada, por cuenta de la
dedicación que demandan las empresas de telecomunicaciones y la importancia que
se les confiere.
Según
las leyes: 1507 de 2012, que distribuyó las funciones de la desaparecida CNTV,
y 1341 de 2009, denominada ley de Tic, que determina las funciones de la CRC,
le corresponde a esta última “promover la competencia, evitar el abuso de
posición dominante y regular los mercados de las redes y los servicios de
comunicaciones”. Como se aprecia, no se considera la vigilancia y control de
contenidos, ni promoción de la industria audiovisual o el pluralismo
informativo; poner pues en un solo ente perfiles de mercado, producción y
programación e ingeniería de telecomunicaciones, implicaría un número muy alto
de comisionados o el privilegio de algunas
áreas, en detrimento de otras; las juntas de los reguladores suelen
estar conformadas, en cantidad impar, por ‘expertos’; por ejemplo, la CRC tiene
3 comisionados y un director ejecutivo, pero en la sesión de Comisión tienen
asiento el ministro TIC y el director del Departamento Nacional de Planeación,
mientras que en la ANTV hay 5 miembros de junta, incluyendo al minTIC y un
director.
Un
caso cercano de un regulador ‘convergente’ es el de la Comisión Federal de
Telecomunicaciones de México, que cuenta con 7 miembros – y, al contrario de
Colombia, es un ente autónomo con rango constitucional-; sin embargo, este
modelo está aún muy joven para evaluar sus resultados; de cualquier manera,
debe compartir cargas, en cuanto a contenidos, con la Secretaría de Gobernación;
es decir, que finalmente son dos entidades.
La
responsabilidad del regulador de los contenidos audiovisuales radica en que
promueve y vigila una industria que llega de forma gratuita (Tv abierta) y
tiene impacto en el usuario en cuanto a
los valores de la democracia y los principios fundamentales, cosa que no sucede
con otros servicios donde el usuario paga y acepta lo que le están vendiendo.
La
fusión podría contribuir a la catábasis de la televisión; aquí vale decir que:
“El que mucho abarca poco aprieta”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por dejar su comentario.